ARBA: Entró en vigencia nueva normativa

El Centro Comercial Industrial y Servicios de Chivilcoy  informa que la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) notificó que a partir del 1º de Enero del corriente, entró en vigencia el nuevo texto del inciso 2 Bis del Artículo 72 del Código Fiscal (Articulo 85 de la Ley Provincial Nº 15.079)


 

Dicha norma establece la obligación de utilizar los dispositivos necesarios para efectuar transferencias bancarias mediante tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios electrónicos equivalentes- Por ejemplo Plataformas de Pagos Móviles (PPM) para hacer pagos electrónicos Inmediatos (PEI) utilizando POS móvil, Botón de Pago o Billetera Electrónica.

La obligatoriedad de la medida alcanza a todos los contribuyentes que realicen en forma habitual la venta de cosas o muebles para consumo final, preste servicio de consumo masivo, realicen obras o efectúen locaciones de cosas muebles (artículo 10 Ley Nacional 27.253)

Además, desde ARBA, se informa que se podrá sancionar con una multa de hasta $80.000 y clausura de 4 a 10 días a todo contribuyente o establecimiento que se encuentre en infracción respecto a las disposiciones mencionadas previamente.

Desde el Centro Comercial Industrial y Servicios de Chivilcoy, se reconoce la difícil situación que están atravesando las diferentes empresas de la ciudad, ya sea industrias comercios o servicios y por ello se considera inoportuna la implementación de la legislación. En este sentido, Cecoinse apoya el control por parte del organismo estatal pero no considera que las multas y clausuras sean necesarias teniendo en cuenta el contexto económico de las PYMES.

 

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