Decreto Municipal: Actividades autorizadas desde el 27 de abril.

El Centro Comercial, Industrial y Servicios de Chivilcoy difunde el nuevo Decreto Municipal sobre las actividades que se exceptúan del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

En el documento, expuesto a continuación, se especifica que desde el 27 de abril, las actividades autorizadas por el Sr. Intendente, Dr. Guillermo Britos son:

1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos. En el horario de 9 a 17 horas, la mayoría de los cuales estaban funcionando en Chivilcoy.

2. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio.

5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.

6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

7. Ópticas, con sistema de turno previo.

8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género, que en nuestra ciudad es municipal y nunca detuvo su funcionamiento.

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