COVID- 19: Ampliación de actividades esenciales

El Centro Comercial, Industrial y Servicios de Chivilcoy informa que el Gobierno Nacional publicó en el Boletín Oficial la Decisión Administrativa 450/2020 a través de la cual se amplió el listado de actividades esenciales durante el período de aislamiento obligatorio.

Las mismas son las detalladas a continuación:

1. Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.

2. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.

 3. Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.

 4. Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.

 5. Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.

 6. Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.

 7. Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.

8. Inscripción, identificación y documentación de personas.

Para acceder a la Resolución ingresar aquí

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